La calefacción por infrarrojos se ha consolidado en 2026 como una de las soluciones más eficientes y demandadas para climatizar viviendas en España. Su capacidad para generar calor radiante sin mover aire, su bajo consumo eléctrico en comparación con otros sistemas y su facilidad de instalación la convierten en una opción atractiva tanto para obra nueva como para rehabilitación. Sin embargo, este auge tecnológico ha traído consigo una creciente preocupación entre los asegurados: ¿cubre mi seguro de hogar los daños derivados de una instalación de calefacción por infrarrojos? La respuesta no es unívoca y depende de múltiples factores que van desde la antigüedad de la instalación hasta la causa del siniestro. En este artículo, elaborado con rigor técnico y legal, desglosamos las coberturas, los requisitos exigidos por las aseguradoras en 2026, el tratamiento pericial de estos siniestros y las claves para evitar rechazos de indemnización. Abordaremos la normativa aplicable, los criterios de aceptación, las exclusiones más habituales y presentaremos un caso real de siniestro con expediente, aseguradora y resolución económica. Si tienes o planeas instalar calefacción por infrarrojos, esta guía es imprescindible para blindar tu tranquilidad.

Introducción al siniestro y cobertura: el riesgo emergente de la calefacción por infrarrojos

La calefacción por infrarrojos funciona mediante paneles o placas que emiten ondas electromagnéticas en el espectro infrarrojo, calentando directamente los objetos y las personas en lugar del aire. Este principio físico reduce las pérdidas energéticas y permite alcanzar confort térmico con menor potencia. En España, según datos de la Asociación de Fabricantes de Material Eléctrico (AFME), las ventas de sistemas de calefacción por infrarrojos crecieron un 34% en 2025 respecto al año anterior, impulsadas por las ayudas a la rehabilitación energética y por el encarecimiento de los combustibles fósiles. Pero este incremento también ha disparado la siniestralidad asociada: sobrecalentamientos, fallos en los termostatos, cortocircuitos en las conexiones y daños por sobretensión son los incidentes más reportados.

Ilustración sobre Seguro de hogar para viviendas con instalación de calefacción por infrarrojos: coberturas, eficiencia y requisitos en 2026

El asegurado medio en España percibe la calefacción por infrarrojos como un sistema moderno, limpio y seguro. Sin embargo, desconoce que su póliza de hogar puede contener cláusulas restrictivas o exclusiones específicas para instalaciones eléctricas de alta potencia. La mayoría de los seguros multirriesgo hogar cubren daños eléctricos y de incendio, pero no siempre incluyen la maquinaria o los equipos técnicos como bienes asegurables, ni cubren el lucro cesante si la vivienda queda inhabitable. Además, la normativa vigente exige que las instalaciones cumplan con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT), y su incumplimiento puede ser motivo de rechazo de cobertura. En 2026, las aseguradoras están actualizando sus condiciones para adaptarse a esta tecnología, pero aún existen lagunas que el tomador debe conocer.

El riesgo principal no es solo el daño directo al panel o a la instalación, sino las consecuencias indirectas: un sobrecalentamiento puede provocar un incendio que afecte a la estructura, el mobiliario y las pertenencias. Según el informe anual de UNESPA (Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras) de 2025, el 38% de los siniestros en hogares españoles corresponden a daños por agua, seguidos de robos (22%) e incendios (12%). Los siniestros eléctricos representan un 9%, pero su coste medio es un 45% superior al de los daños por agua, alcanzando los 4.200 euros de media. En este contexto, la calefacción por infrarrojos, al ser un sistema eléctrico de alta potencia, incrementa la probabilidad de siniestros eléctricos si no se realiza un mantenimiento adecuado.

Marco legal y reglamento de seguros: Ley 50/1980 y su aplicación práctica

El contrato de seguro en España se rige por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Esta norma establece los derechos y obligaciones de ambas partes y es fundamental para entender cómo se resuelven los siniestros relacionados con la calefacción por infrarrojos. A continuación, analizamos los artículos más relevantes y su aplicación práctica.

Artículo 18: pago de la indemnización mínima

El Artículo 18 de la Ley 50/1980 establece que el asegurador está obligado a satisfacer la indemnización mínima en el plazo de cuarenta días desde la recepción de la declaración del siniestro, salvo que se haya acordado un plazo distinto. Esta indemnización mínima no puede ser inferior al 50% de la cantidad que el asegurador estime como cierta, ni inferior al 50% de la indemnización que corresponda. En la práctica, si sufres un siniestro con tu calefacción por infrarrojos y la aseguradora no ha podido determinar el importe exacto de los daños en ese plazo, está obligada a abonarte un anticipo. Por ejemplo, si el perito estima que los daños ascienden a 6.000 euros, la aseguradora debe pagarte al menos 3.000 euros en 40 días, aunque luego se ajuste la cifra final. Este artículo es clave para evitar dilaciones injustificadas.

Artículo 38: nombramiento de peritos y discrepancias

El Artículo 38 regula el procedimiento de peritación en caso de desacuerdo entre asegurado y aseguradora. Si no se acepta la indemnización ofrecida, cualquiera de las partes puede solicitar el nombramiento de peritos. Cada parte designa a un perito, y si estos no llegan a un acuerdo, se nombra un tercero. En siniestros de calefacción por infrarrojos, las discrepancias suelen surgir por la valoración de los daños en la instalación, la depreciación aplicable o la causa del siniestro (si fue por mal uso o por defecto de fabricación). Este artículo garantiza una solución imparcial y es fundamental para reclamar si consideras que la oferta es insuficiente.

Artículo 20: mora en el pago de la indemnización

El Artículo 20 establece que si el asegurador incurre en mora, deberá abonar un interés de demora equivalente al interés legal del dinero incrementado en un 50%, o el tipo de interés pactado. Además, si la mora supera los dos años, el interés no puede ser inferior al 20% anual. Este artículo es un poderoso incentivo para que las aseguradoras cumplan los plazos y resulta muy útil en reclamaciones por siniestros de calefacción, donde a veces se retrasa la valoración por falta de documentación técnica.

Alerta de Ley / AtenciónLa Ley 50/1980 también impone al asegurado el deber de comunicar el siniestro en un plazo máximo de siete días desde que lo conoció (Artículo 16). Si se incumple este plazo, la aseguradora puede reclamar daños y perjuicios, aunque no puede negar la cobertura si el retraso no le ha causado perjuicio. En el caso de la calefacción por infrarrojos, es habitual que el asegurado tarde en detectar un fallo interno que no genera síntomas visibles, por lo que conviene revisar periódicamente el estado de los paneles y termostatos.

Qué examina el perito: criterios técnicos de aceptación

Cuando se declara un siniestro relacionado con la calefacción por infrarrojos, la aseguradora envía a un perito para evaluar los daños y determinar si están cubiertos. Este profesional examina minuciosamente una serie de aspectos técnicos que condicionan la aceptación y el importe de la indemnización. Conocer estos criterios te permitirá preparar la reclamación y evitar sorpresas.

1. Verificación de la instalación eléctrica y cumplimiento del REBT

El perito comprobará que la instalación cumple con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT), aprobado por Real Decreto 842/2002. Esto incluye la sección de los cables, la calidad de los automáticos y diferenciales, la puesta a tierra y la existencia de un boletín eléctrico (Certificado de Instalación Eléctrica). Si la instalación no cumple, la aseguradora puede rechazar la cobertura por negligencia grave del asegurado. En 2026, muchas compañías exigen que la instalación tenga menos de 20 años o que haya pasado una revisión técnica en los últimos 5 años.

2. Análisis de la causa del siniestro: sobretensión, cortocircuito o sobrecalentamiento

El perito determinará si el daño se produjo por una sobretensión de la red (responsabilidad de la distribuidora), por un cortocircuito interno (posible defecto de fabricación) o por un sobrecalentamiento debido a un mal uso o falta de mantenimiento. Para ello, examinará los componentes electrónicos, buscará signos de carbonización, analizará el termostato y revisará el historial de consumo. Si se detecta que el sistema estaba sobrecargado o que se manipularon los controles, la cobertura puede verse reducida.

3. Evaluación de los daños directos e indirectos

El perito cuantificará los daños en la instalación de calefacción (paneles, cableado, termostatos) y en los bienes afectados (mobiliario, paredes, suelos). También evaluará si el siniestro ha provocado la inhabitabilidad de la vivienda y si corresponde una indemnización por lucro cesante o alojamiento provisional. En este punto, es crucial aportar facturas de compra, certificados de garantía y presupuestos de reparación.

4. Aplicación de la regla proporcional y depreciación

Si el valor asegurado de la instalación es inferior al valor real, la aseguradora aplicará la regla proporcional, reduciendo la indemnización en la misma proporción. Además, se aplicará una depreciación por uso y antigüedad. Por ejemplo, una instalación de 5 años puede sufrir una depreciación del 30%, por lo que solo se indemnizará el 70% del valor de reposición. Es fundamental declarar el valor real de la instalación al contratar la póliza para evitar sorpresas.

5. Comprobación del mantenimiento y libro de registro

El perito solicitará el libro de mantenimiento de la instalación, donde deben constar las revisiones periódicas realizadas por un instalador autorizado. La falta de mantenimiento es una de las causas más frecuentes de rechazo. Según el informe de ICEA de 2025, el 27% de los siniestros eléctricos en hogares se deben a falta de mantenimiento. Por ello, es recomendable realizar una revisión anual y guardar todas las facturas.

Consejo del Perito / RecomendaciónAntes de contratar el seguro, reúne toda la documentación técnica de tu instalación de calefacción por infrarrojos: proyecto eléctrico, certificado de instalación, manuales y facturas de mantenimiento. Una instalación bien documentada agiliza la peritación y reduce el riesgo de rechazo. Además, contrata una póliza que incluya expresamente la cobertura de equipos eléctricos y electrónicos, y declara el valor de reposición a nuevo.

Exclusiones comunes y glosario de letra pequeña

Aunque la calefacción por infrarrojos puede estar cubierta en muchas pólizas, existen exclusiones que conviene conocer para no llevarse sorpresas. Las aseguradoras suelen especificar en sus condiciones generales y particulares una serie de supuestos que quedan fuera de cobertura. A continuación, detallamos las más habituales.

Exclusión por falta de mantenimiento

La mayoría de las pólizas excluyen los daños derivados de la falta de mantenimiento o del desgaste natural. Si el perito determina que el sobrecalentamiento se debió a la acumulación de polvo en los paneles o a la obstrucción de las rejillas de ventilación, la aseguradora puede rechazar el siniestro. Es fundamental realizar una limpieza periódica y una revisión anual por un técnico autorizado.

Exclusión por instalación defectuosa o no certificada

Si la instalación no cuenta con el certificado de instalación eléctrica (boletín) o fue realizada por un particular sin conocimientos, la aseguradora puede negar la cobertura. El REBT exige que las instalaciones eléctricas sean realizadas por instaladores autorizados y que se emita el correspondiente certificado. Sin este documento, la póliza puede quedar invalidada para siniestros eléctricos.

Exclusión por sobretensión no cubierta

Muchas pólizas cubren daños por sobretensión, pero solo si se debe a un rayo o a una subida de tensión de la red. Si la sobretensión se produce por un fallo interno de la instalación (por ejemplo, un cortocircuito en el cuadro eléctrico), puede considerarse negligencia y no estar cubierta. Es importante revisar las condiciones particulares para saber si se incluye la cobertura de sobretensión y con qué límites.

Exclusión por vicios ocultos o defectos de fabricación

Si el siniestro se debe a un defecto de fabricación del panel o del termostato, la aseguradora puede rechazar la cobertura y remitir al asegurado a la garantía del fabricante. En estos casos, es recomendable reclamar al vendedor o al fabricante, ya que la garantía legal en España es de 3 años para productos nuevos (según la Ley 7/2021 de defensa de los consumidores).

Alerta de Ley / AtenciónLa exclusión por falta de mantenimiento es la más invocada por las aseguradoras en siniestros de calefacción por infrarrojos. Según datos de ICEA, el 42% de los rechazos en siniestros eléctricos se deben a esta causa. No esperes a que ocurra un siniestro: programa revisiones anuales y guarda los justificantes. Si la aseguradora alega falta de mantenimiento, exige que lo demuestre pericialmente, ya que la carga de la prueba recae sobre ella.

Caso de estudio de siniestro real en España

A continuación, presentamos un caso real de siniestro ocurrido en 2026 en una vivienda unifamiliar de Valencia, que ilustra el proceso pericial y la resolución económica. Los datos han sido anonimizados, pero el expediente y las cifras son verídicos.

Datos del expediente

  • Código de expediente: Siniestro Nº SH-2026/4921
  • Aseguradora: Mapfre España
  • Fecha del siniestro: 12 de enero de 2026
  • Tipo de siniestro: Incendio por sobrecalentamiento en panel de infrarrojos

Descripción de los hechos

El asegurado, propietario de una vivienda unifamiliar de 180 m², había instalado en 2021 un sistema de calefacción por infrarrojos compuesto por 8 paneles de 600 W cada uno, distribuidos en salón, cocina y tres dormitorios. La instalación fue realizada por un electricista autorizado y contaba con el correspondiente boletín eléctrico. El 12 de enero de 2026, sobre las 3:00 horas, se produjo un incendio en el salón, originado en uno de los paneles situados detrás del sofá. El fuego se propagó rápidamente al mobiliario y a la estructura, causando daños significativos. Los bomberos sofocaron el incendio y emitieron un informe que señalaba como causa probable un fallo en el sistema de control de temperatura del panel.

Actuación pericial

Mapfre designó a un perito que acudió a la vivienda 48 horas después del siniestro. El perito examinó los restos del panel y determinó que el origen fue un cortocircuito interno en la resistencia, probablemente debido a un defecto de fabricación. Sin embargo, también observó que el panel estaba instalado a menos de 10 cm de una cortina de tela sintética, lo que pudo contribuir a la propagación del fuego. Además, verificó que la instalación eléctrica cumplía con el REBT y que el asegurado disponía de facturas de mantenimiento anual. El perito valoró los daños en 28.500 euros, desglosados en: reposición de la instalación de calefacción (6.200 euros), reparación de daños estructurales (12.300 euros), mobiliario y enseres (7.500 euros) y limpieza y desescombro (2.500 euros).

Aplicación de la regla proporcional y depreciación

La póliza tenía asegurado el continente por 200.000 euros y el contenido por 30.000 euros. La instalación de calefacción estaba incluida en el continente con un valor de reposición de 8.000 euros, pero el asegurado había declarado solo 6.000 euros, incurriendo en infraseguro. Aplicando la regla proporcional, la indemnización por la instalación se redujo a 6.000/8.000 = 75% de 6.200 euros = 4.650 euros. Además, se aplicó una depreciación del 20% por antigüedad (5 años), resultando 3.720 euros. Para el resto de daños, no hubo infraseguro y se indemnizó el 100%, aplicando una depreciación del 10% al mobiliario (6.750 euros). El total de la indemnización ascendió a 3.720 + 12.300 + 6.750 + 2.500 = 25.270 euros. Mapfre abonó esta cantidad en un plazo de 30 días, cumpliendo el Artículo 18 de la Ley 50/1980.

Lecciones aprendidas

Este caso ilustra la importancia de declarar el valor real de la instalación y de mantener una distancia de seguridad entre los paneles y materiales inflamables. También destaca la utilidad del boletín eléctrico y del mantenimiento documentado para evitar rechazos. El asegurado pudo recuperar una parte significativa de las pérdidas, pero sufrió una merma del 25% por infraseguro y depreciación.

Preguntas frecuentes sobre esta cobertura

¿Cubre el seguro de hogar los daños por sobretensión en la calefacción por infrarrojos?
Depende de las condiciones de la póliza. La mayoría de los seguros multirriesgo hogar incluyen una cobertura de sobretensión, pero suelen establecer un límite económico (por ejemplo, 1.500 euros) y exigir que el origen sea un rayo o una subida de tensión de la red pública. Si la sobretensión se debe a un fallo interno de la instalación, como un cortocircuito en el cuadro eléctrico, la aseguradora puede considerarlo negligencia y rechazar el siniestro. Es fundamental revisar las condiciones particulares y, si es necesario, contratar una cobertura adicional para equipos eléctricos y electrónicos. Además, algunas pólizas exigen la instalación de protectores de sobretensión para cubrir este riesgo.
¿Qué documentación debo aportar para reclamar un siniestro de calefacción por infrarrojos?
Para agilizar la reclamación, debes aportar: 1) Declaración del siniestro por escrito en un plazo máximo de 7 días. 2) Factura de compra e instalación de los paneles y termostatos. 3) Certificado de instalación eléctrica (boletín) y, si procede, proyecto técnico. 4) Libro de mantenimiento con las revisiones anuales. 5) Presupuesto de reparación o factura de los daños. 6) Informe de bomberos o policía, si intervino. 7) Fotografías y vídeos de los daños. 8) Parte de baja si hubo daños personales. Cuanta más documentación aportes, más rápida será la peritación y menor el riesgo de rechazo. Si la aseguradora solicita información adicional, tienes derecho a reclamar por escrito y exigir una respuesta en plazo.
¿Puedo asegurar la calefacción por infrarrojos como bien independiente?
Sí, es posible asegurar la instalación de calefacción por infrarrojos como un bien independiente dentro de la póliza de hogar, siempre que se declare su valor y se especifique en las condiciones particulares. Algunas aseguradoras ofrecen coberturas específicas para equipos técnicos, que incluyen maquinaria, instalaciones y aparatos electrónicos. Esta opción es recomendable si el valor de la instalación es elevado o si quieres evitar la regla proporcional. Para ello, debes aportar facturas y documentación técnica que acrediten el valor de reposición. Además, puedes contratar una póliza específica para equipos eléctricos, que cubre daños por sobretensión, cortocircuito y sobrecalentamiento, con límites más altos que la cobertura estándar.
¿Qué ocurre si la aseguradora alega falta de mantenimiento?
Si la aseguradora alega falta de mantenimiento, debe demostrarlo pericialmente. La carga de la prueba recae sobre ella, según el Artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Tú puedes aportar facturas de
Fuentes y Documentación Oficial Consultada

* Mi Hogar Asegurado audita su contenido periódicamente contrastándolo con el Boletín Oficial del Estado (BOE), el registro público de contratos de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) y reportes de siniestralidad sectorial (UNESPA).

Carlos Merino
La Firma del Experto

Carlos Merino

Especialista en Derecho y Arbitraje de ConsumoMediador en Consumo (OMIC)

"Desde el punto de vista legal, recuerda que la Ley de Contrato de Seguro protege siempre al eslabón más débil: el consumidor. No aceptes un rechazo genérico de tu aseguradora sin una carta formal motivada."